El Tribunal Supremo de Justicia pidió este miércoles a la Asamblea Nacional Constituyente levantar la inmunidad del diputado opositor Rafael Guzmán, quien se suma a otros 14 legisladores despojados de su fuero por apoyar un fallido levantamiento militar.
La máxima corte decidió que el diputado tiene responsabilidad «en la comisión flagrante de los delitos de traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada».
«Por tratarse de la comisión flagrante de delitos comunes (…) no procede el antejuicio de mérito del mencionado ciudadano, en razón de lo cual su enjuiciamiento corresponde a los tribunales ordinarios en materia penal», añadió el Supremo en un comunicado.
La solicitud del máximo tribunal responde a una petición del fiscal general, Tarek Saab, y ocurre luego de que hace una semana el presidente la ANC, Diosdado Cabello, indicara que otros diputados opositores se quedarán sin inmunidad parlamentaria por respaldar un efímero alzamiento militar contra el Gobierno de Nicolás Maduro.
El oficialista subrayó en ese momento que en Venezuela «no va a haber impunidad» luego del levantamiento ocurrido el pasado 30 de abril que estuvo liderado por el jefe del Parlamento, Juan Guaidó, quien es reconocido como presidente interino del país por más de 50 Gobiernos.
De cumplir la ANC con esta petición del Supremo, Guzmán se sumará a la lista de diputados despojados de su inmunidad y acusados de rebelión: Freddy Superlano, Miguel Pizarro, Carlos Paparoni, Luis Florido, Américo de Grazia, Sergio Vergara, Richard Blanco, Édgar Zambrano, Simón Calzadilla, Juan Andrés Mejía, Franco Casella, Henry Ramos Allup, Mariela Magallanes y Winston Flores.
Según el artículo 200 de la Constitución venezolana, los diputados del Parlamento «gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o de la renuncia del mismo».
Asimismo, señala que de los presuntos delitos que cometan los legisladores «conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional (Parlamento), su detención y continuar su enjuiciamiento».
«En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al TSJ», concluye el artículo.
Cactus24 29-05-19
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