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Comercio ilegal de fetos tiene penas de 20 y 25 años en Venezuela

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Comercio ilegal de fetos tiene penas de 20 y 25 años en Venezuela

En el país no existe ninguna legislación que permita la comercialización o la utilización de material fetal en la industria de la belleza o en la investigación científica, como sí ocurre en otras naciones.

Sin embargo, artículo 43 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo que se refiere al tráfico ilegal de órganos, establece penas de entre 25 y 30 años de prisión para quienes integren un grupo de delincuencia organizada que «trafique, trasplante o disponga ilegalmente de órganos, sangre, concentrado globular, concentrado plaquetario, plasma u otros tejidos derivados o materiales anatómicos provenientes de un ser humano».

En ese mismo instrumento jurídico, específicamente en el artículo 40, se establecen medidas privativas de libertad desde 6 hasta 10 años para los grupos delincuenciales que manipulen genes humanos.

«Un particular o un profesional que de manera aislada caiga en tráfico o la comercialización de órganos, tejidos o células, que no forme parte de delincuencia organizada, será sancionado por la Ley sobre Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células en Seres Humanos que trae unos tipos penales especiales que tienen que ver con la actuación individual», explicó el abogado penalista, Jesús Berro a La Prensa del Táchira.

El delito de Donación con Propósito de Lucro tiene penas de cuatro a ocho años de cárcel. Esto está establecido en el artículo 45 de la mencionada Ley, esto en cuanto a los particulares. En el caso del personal de la salud y otros que participen en el «trasplante de órganos, tejidos y células de un donante vivo o muerto, con conocimiento de que los mismos han sido o serán objeto de una transacción comercial, serán sancionados con prisión de cuatro años a ocho años», comenta el mencionado medio.

El aborto inducido continúa siendo ilegal en Venezuela, incluso, el artículo 432 del Código Penal establece que «La mujer que intencionalmente abortare (…) será castigada con prisión de 6 meses a 2 años». En caso que durante el procedimiento la mujer fallezca, el culpable deberá pasar de 6 a 12 años de prisión. Si es la pareja, esta pena se aumentará en una sexta parte.

Hace unas semanas, el obispo de la Diócesis de San Cristóbal, monseñor Mario Moronta, alertó sobre la presencia en el estado de «mafias» dedicadas a realizar abortos, cuyos fetos luego son vendidos a algunas corporaciones o industrias del maquillaje.

«Encontramos en Táchira, porque no es ninguna mentira lo que voy a decir, mafias de médicos, no todos los médicos, afortunadamente la mayoría son provida, pero hay algunos médicos que se dedican al aborto para vender los fetos y el material orgánico a corporaciones que luego hacen medicinas y esos menjurjes que se echan muchas veces las mujeres para verse bonitas, maquillaje y eso desde hace muchos años», dijo el obispo durante una homilía.

Además, destacó que desde hace al menos 20 años la Iglesia Católica ha estado denunciando la situación, sin que hasta el momento haya algún pronunciamiento al respecto de parte de las autoridades. «Yo no he escuchado a ningún católico, en ninguna escuela o en una universidad que se hable de esto porque dicen que no se pueden meter con mafias que son terribles. Lamentablemente, somos los sacerdotes y el obispo los que hemos hecho esta denuncia desde hace más de 20 años».

Sin denuncias

Al consultar en el Colegio de Médicos del estado Táchira si se han recibido denuncias sobre clínicas o consultorios médicos en los que se esté practicando el aborto o se esté comercializando los fetos, destacaron que hasta el momento no se ha recibido ninguna, pues usualmente los afectados acuden directamente a los organismos de seguridad.

«Ni en tribunal disciplinario ni en la junta directiva hay denuncias contra médicos que hagan esa práctica», explicó Gustavo Uribe, representante del gremio en la entidad. Expresando además rechazo a esta situación, si es que realmente se está presentando, pues «los médicos damos vida, no damos muerte».

Desde hace muchos años se habla de clínicas en la entidad que se dedican a la práctica ilegal del aborto. Las mismas que de acuerdo con el obispo Moronta se dedican a la comercialización de los fetos.  Sin embargo, se desconocen de procedimiento legales que se hayan efectuado en contra de algún establecimiento.

Para el sexólogo, Alfonso Amaya, el problema de que los fetos pudieran estar siendo comercializados en la industria cosmética desde Venezuela, responde a que en el país no ha existido una política coherente en cuanto a educación en sexualidad humana.

Resaltó que la Iglesia Católica antes de realizar este tipo de denuncias debería hacer mea culpa, pues a su juicio, esta institución impidió que en los años 80 un grupo de sexólogos realizara un programa de salud sexual y reproductiva.

Células embrionales se usan en el mundo desde 1930

Desde 1930 se usan en el mundo tejidos fetales para la elaboración de diferentes productos por parte de compañías cosméticas. Además de experimentos científicos con los que se han elaborado tratamientos contra enfermedades como el párkinson o vacunas contra la rubéola, varicela, herpes zóster y el covid-19.

En el caso de las vacunas contra el coronavirus, la Janssen de la compañía Johnson & Johnson, ameritó el uso de cultivos de células fetales, específicamente la PER.C6, una línea de retina aislada de un feto abortado en el año 1985.

En el año 2010, en Estados Unidos se desató una polémica luego que la compañía Suiza Neocutis, lanzara al mercado una crema de forma experimental utilizando tejidos de la piel de un feto de 14 semanas abortado.

Esta crema, al parecer, acelera los procesos de cicatrización y reparación de las quemaduras. En la industria alimenticia algunas compañías usan la línea HEK-293, perteneciente al riñón de un feto femenino abortado en 1970, esto con la finalidad de desarrollar nuevos aditivos de sabor.

Colombia volvió a permitir el uso de tejidos fetales

En el año 2020 y luego de cuatro años de prohibición, la Corte Constitucional de Colombia volvió a permitir el uso de tejidos fetales para trasplantes e investigación médica. El fallo se dio luego de una denuncia interpuesta por la Clínica Jurídica de Medio Ambiente y Salud Pública que pertenece a la Universidad de Los Andes.

Para tomar esta decisión y de acuerdo con una publicación encontrada en la página web de Uniandes, la Corte tuvo en consideración la escasez de órganos o tejidos para uso terapéutico y permite que sean utilizados en beneficio de la salud de la población.

El beneficio que reciben las personas que son trasplantadas utilizando células extraídas de los órganos o los tejidos de un feto, es que se disminuye el riesgo de que el sistema inmunológico del receptor llegue a rechazar el tratamiento.

Estas células también pueden ser utilizadas para curar o generar tratamientos contra enfermedades huérfanas, el VIH o cáncer.

Cactus24 (22-07-2022)

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