La Audiencia de Sevilla en España ha condenado a 11 años de cárcel a un hombre que abusó sexualmente de su cuñada, menor de edad en el momento de los hechos, al aprovechar el “enamoramiento infantil” de la niña y la “situación de superioridad” provocada por la diferencia de edad entre ambos.
Según ha informado a Efe el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Séptima ha impuesto once años de prisión a A.F.L., así como nueve de libertad vigilada, y le ha prohibido acercarse a menos de 300 metros de la víctima y comunicarse con ella durante 17 años por un delito continuado de abusos sexuales a una menor de 16 años con acceso carnal
El condenado, que no podrá acceder al tercer grado penitenciario hasta que cumpla al menos la mitad de la pena, también deberá pagar 12.000 euros de indemnización a la niña y durante 15 años estará inhabilitado para ejercer cualquier trabajo que implique contacto con menores.
El tribunal considera probado que en diciembre de 2017, cuando llevaba más de un año conviviendo con la víctima al ser la hermana menor de su esposa, el acusado “empezó un acercamiento” hacia ella a partir de su primera menstruación “con la evidente finalidad de satisfacer sus apetencias sexuales” y esos contactos “se fueron repitiendo” hasta julio de 2018.
Para conseguir su objetivo, el encausado “empezó a introducir” a la menor “en temas sexuales” mediante vídeos y “conversaciones de esta naturaleza, siempre lejos del resto de familiares”.
También le pidió “que dejase abierta la puerta de su habitación” y “en reiteradas ocasiones” entraba allí “a altas horas de la madrugada” y la despertaba “con todo tipo de tocamientos” para luego llevarla “a una zona escondida del salón” y mantener contactos sexuales con ella “detrás de una cortina para evitar ser vistos”. El acusado y la menor también intercambiaron conversaciones, fotos y vídeos “de marcado carácter sexual” por Whatsapp. El procesado, en prisión provisional desde el 18 de agosto de 2018, dejó a la niña secuelas de tipo “autoinculpatorio”, como “un alto grado de malestar consigo misma”, añade la Sala.
La información ofrecida por el diario La Vanguardia, agrega que el tribunal destaca que el dato de que la niña tenía 13 años era “sobradamente conocido” por el acusado, quien además “se prevalió” de ser su cuñado, del “enamoramiento infantil” de la menor y de la diferencia de edad entre ambos, 32 años, para generar “una evidente situación de superioridad”.
El “sustento” de la condena “es el testimonio de la víctima”, que mereció “total credibilidad” a los jueces, quienes recalcan que la víctima “desprendía sinceridad” y, lejos de sentir animadversión contra el adulto, “intentaba minimizar los hechos”.
La situación fue descubierta “de forma accidental” por la madre de la menor cuando inspeccionó el móvil de su hija “ante la insistencia de llamadas” que recibía “más allá de las 12 de la noche”.
El acusado era “adicto a la cocaína”, pero rechaza que esa circunstancia sirva como atenuante porque “no tiene relación con los hechos” y “no afectaba a su capacidad”.
Cactus24 (27-12-2019)
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