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UVL: Paralización de la justicia por el COVID-19 empeora el retardo procesal y el caos penitenciario

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UVL: Paralización de la justicia por el COVID-19 empeora el retardo procesal y el caos penitenciario

Nota de prensa UVL

El coordinador general de la Asociación Civil, Una Ventana a la Libertad (UVL), Carlos Nieto Palma, dijo que la Resolución No. 005-2020, emanada este 12 de julio, de la Sala Plena el Tribunal Supremo de Justicia, mantiene paralizado el sistema de justicia penal  y en consecuencia, agrava el retardo procesal y aumenta el caos penitenciario que ya existe en el país.

El abogado advirtió que la referida decisión, además, aumentará significativamente el hacinamiento en los recintos penitenciarios, incluyendo los centros de detención preventiva, y traerá como consecuencia, entre otras cosas, más brotes de enfermedades contagiosas como tuberculosis, paludismo y escabiosis.

“Esto aumentará el caos en nuestras cárceles y centros de detención preventiva, desde el pasado 16 de marzo de 2020, cuando se decretó la cuarentena a causa de la pandemia del coronavirus (COVID-19), la justicia en Venezuela se encuentra paralizada”, precisó.

A la luz de este período de distanciamiento social y cuarentena, Una Ventana a la Libertad ha realizado dos informes en torno al estado de salud en el cual se encuentran los internos de los centros de retención preventiva del Distrito Capital y los estados Miranda y La Guaira.

De acuerdo a la investigación solo en el mes de mayo, 5 privados de libertad murieron por causas vinculadas con condiciones de salud, se determinó además que 188 internos padecen de tuberculosis, 10 tienen VIH y 941 presentan desnutrición aguda. En este período el hacinamiento alcanzó el 218,10%.

UVL denominó el mencionado informe como “Radiografía de la Salud en los centros de detención preventiva del Distrito Capital y los estados Miranda y La Guaira”.

En el mes de junio, al realizar el “Boletín No. 1 Ventana de la Salud”, la organización determinó que 3 privados de libertad fallecieron  durante este mes: uno de tuberculosis, otro de un paro cardio-respiratorio y el tercero de fractura craneal al caer de un tercer piso cuando se encontraba en un centro de detención preventiva.

“A todo esto debemos sumarle la paralización de la justicia. Los procesos judiciales se encuentran paralizados desde hace 4 meses, ahora con esta nueva Resolución del TSJ se suma un mes más de retardo procesal”, señaló Nieto Palma.

El Coordinador General de UVL destacó que si se mantiene el cronograma el día viernes 14 de agosto comenzarán las vacaciones judiciales las cuales se extenderán hasta el próximo 15 de septiembre.

“En conclusión la justicia penal venezolana estará paralizada por 6 meses o más”, dijo.

El abogado recordó que en la actualidad, aun cuando no hay cifras oficiales, las ONG dedicadas a monitorear los derechos humanos de los privados de libertad, llevan un registro aproximado de 110 mil hombres y mujeres que estarían recluidos en cárceles venezolanas.

“Setenta por ciento (70%) de estas personas aun no han recibido sentencia definitivamente firma, son procesados, es decir, si se mantiene la medida muchos de estos privados de libertad no recibirán tratamiento procesal cuando les corresponde y sus causas presentarán un retardo que impactará negativamente en su condición física y emocional”, indicó Nieto Palma.

Contenido de la Resolución

El pasado 12 de julio la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia emitió la Resolución No. 005-2020 mediante la cual “Resuelve” lo siguiente: “Se prorroga por 30 días el plazo establecido en la Resolución 004-2020, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia el 12 de junio de 2020. En consecuencia ningún tribunal despachará  desde el 12 de julio hasta el 12 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive”.

La decisión agrega: “Durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones urgentes para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley. Los órganos jurisdiccionales  tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes”.

El máximo tribunal del país alega que persisten las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana de Venezuela debido a la pandemia COVID-19.

Np cortesía UVL

CACTUS24 17-07-20

 

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